Por el Padre Shenan J. Boquet – Presidente de Vida Humana Internacional.
Publicado el 21 de Febrero del 2022.
Hace unos días, el Tribunal Constitucional de Italia bloqueó un esfuerzo por realizar un referéndum nacional sobre la legalización o no de la eutanasia. Los activistas a favor de la eutanasia habían reunido más de 1,2 millones de firmas en apoyo del referéndum. Sin embargo, a pesar del importante nivel de apoyo público, la Corte Constitucional dictaminó que el referéndum era “inadmisible”.
En su fallo, la Corte afirmó que la derogación de las penas de eutanasia no brindaría “la protección mínima constitucionalmente necesaria a la vida humana, en general, y con especial referencia a los débiles y vulnerables”.
Lo que significa el fallo es que, si Italia va a legalizar la eutanasia, tendrá que pasar por el proceso legislativo, en lugar de un referéndum. Aunque el fallo de la Corte es bienvenido, en particular su reconocimiento de que la eutanasia representa una amenaza para los "débiles y vulnerables", la Corte había flexibilizado previamente la ley y dictaminó en 2019 que el suicidio asistido no siempre es un delito. Si bien los términos eutanasia y suicidio asistido a veces se usan indistintamente, vale la pena recordar al lector que en los casos de eutanasia (eutanasia voluntaria, involuntaria, pasiva y activa) el método de muerte, generalmente alguna forma de veneno letal, es administrado por un tercero.