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La conciencia y los trabajadores de la salud

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Joseph Meaney, PhD
Director de Alcance Internacional y Expansión
Human Life International

 

En el artículo anterior presenté una introducción general sobre la conciencia moral y su formación. En este artículo quiero abordar el importante tema de la conciencia y los trabajadores de la salud.

Estoy de acuerdo con el Profesor Edmund Pellegrino, quien dijo que la medicina es una empresa moral y que es particularmente importante respetar y fomentar la integridad moral de los profesionales de la salud. Los médicos, las enfermeras, los farmaceutas y muchas otras personas están íntimamente involucrados en algunos de los momentos más dramáticos de la vida humana, lo cual implica que sus derechos de conciencia asumen una importancia particular. También es cierto que la sociedad les presta especial atención a la medicina, el derecho y, sobre todo, la religión, para corroborar lo que es ético y moral.

Todos sin excepción tienen el deber de formar bien su conciencia y de seguir los claros juicios de ella. Sin embargo, los trabajadores de la salud están en una profesión que es especialmente significativa debido a los muchos y graves dilemas morales que habitualmente se presentan. Con frecuencia hay que tomar decisiones de vida o muerte y a menudo se les pide a los médicos que ayuden a tomar estas decisiones y a llevarlas a cabo.

En este artículo nos vamos a enfocar en el tema de conciencia más importante para el personal de la salud: la objeción de conciencia. La objeción de conciencia se define como la negativa a cooperar con o a participar en una acción que viola la propia conciencia. Esta negativa de la conciencia a menudo es protegida por la ley a través de una legislación que contiene cláusulas de conciencia o el reconocimiento de un status especial de objetor de conciencia para el trabajador de la salud.

Debemos observar que los problemas que con más frecuencia se invocan cuando hay conflictos de conciencia en contextos de la atención a la salud son el aborto y la eutanasia, así como la anticoncepción y la esterilización. La mayoría de las leyes que permiten el aborto y la eutanasia han tomado en cuenta que muchos profesionales de la salud se negarían a participar en estas actividades destructivas y por ello reconocen el derecho a la objeción de conciencia en esos casos. El derecho a la objeción de conciencia es un derecho reconocido internacionalmente y garantizado en muchos tratados internacionales, comenzando con la Alianza Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

Sin embargo, actualmente hay una perturbadora tendencia en muchos naciones industrializadas, en las cuales el derecho a la objeción de conciencia, especialmente en relación con el aborto y la prescripción o el llenar una receta para la obtención de fármacos abortivos, es cuestionado o impugnado. Particularmente en los países escandinavos existe muy poca tolerancia hacia la libertad de pensamiento cuando las personas se niegan a cooperar con la “cultura” de la muerte. En algunos países, las personas que objetan en conciencia a la cooperación con el aborto o la esterilización son perseguidos y aún purgados de la profesión de la salud, comenzando tan pronto como la capacitación médica. Los defensores y promotores del aborto se dan cuenta de que el mero hecho de que haya médicos y enfermeras cuyas conciencias gozan de protección legal perjudica su postura antivida. Los profesionales de la salud no exigen el derecho a la objeción de conciencia cuando se trata de casi cualquier otra cirugía y ello estigmatiza el aborto como algo aparte de la verdadera atención de la salud.

El primer caso de objeción de conciencia en un contexto de atención a la salud del cual se tenga registro escrito ocurrió en el Antiguo Testamento:

“El faraón de Egipto dijo a las comadronas hebreas, una de quienes se llamaba Shiphrah y la otra Puah, ‘Cuando realicen su labor de parteras con las mujeres hebreas, observen el lugar del nacimiento: si es un varón, mátenlo; pero si es una niña, déjenla vivir’. Las comadronas, sin embargo, temían a Dios y no hicieron lo que el faraón de Egipto les mandó, y dejaron vivir a los varones hebreos. De manera que el faraón de Egipto mandó llamar a las parteras y les preguntó: ‘¿Por qué han hecho esto y han permitido que los varones vivan?‘ Las comadronas respondieron: ‘Las mujeres hebreas no son como las mujeres egipcias. Las mujeres hebreas son robustas y dan a luz antes de que llegue la partera’. Por ello, Dios bendijo a las comadronas y el pueblo se multiplicó y llegó a ser muy numeroso. Y como las parteras temían a Dios, Dios les dio familia” (Éxodo 1:15-21).

Está claro que Dios condena el infanticidio y el aborto. Tristemente, hoy en día en varios países se pretende que las comadronas sean obligadas a cometer abortos.

La necesidad de guiar la conciencia de los profesionales de la salud por medio de la ética médica tiene un antiguo antecedente. El Juramento Hipocrático, cuya fecha se remonta al siglo V antes de Cristo, prohíbe a los médicos cometer abortos o actos eutanásicos [1]. La mayoría de los países tienen organismos profesionales con sus propios códigos de ética médica. Si médicos, enfermeras o farmaceutas violan estas normas, pueden ser expulsados de la profesión, aún si su inmoral acción no violó la ley civil. Los tribunales de Nuremberg que juzgaron a médicos después de la II Guerra Mundial, condenaron a los que no cumplieron con su deber de negarse a obedecer leyes que constituían graves violaciones de los derechos humanos, aun cuando técnicamente lo que hicieron era “legal” según las leyes del Tercer Reich.

Es bueno recordar la gravedad del aborto según la doctrina de la Iglesia Católica:

“La cooperación formal a un aborto constituye una falta grave. La Iglesia sanciona con pena canónica de excomunión este delito contra la vida humana. ‘Quien procura el aborto, si éste se produce, incurre en excomunión latae sententiae” (CIC can. 1398), es decir, ‘de modo que incurre ipso facto en ella quien comete el delito” (CIC can. 1314), en las condiciones previstas por el Derecho (cf CIC can. 1323-1324). Con esto la Iglesia no pretende restringir el ámbito de la misericordia; lo que hace es manifestar la gravedad del crimen cometido, el daño irreparable causado al inocente a quien se da muerte, a sus padres y a toda la sociedad” (Catecismo de la Iglesia Católica, no. 2272).

Los profesionales de la salud tienen el grave deber de seguir su conciencia y negarse rotundamente a cooperar con este abominable crimen. Si llegan a cooperar con el aborto o a cometerlo, se trata de una terrible perversión del propósito mismo de la medicina, que es la curación o el cuidado de la vida humana, tan hermosamente expresado en el principio hipocrático y de la ética médica de “Primero, no hacer daño”. 

El reconocimiento del derecho a la objeción de conciencia de los trabajadores de la salud es esencial para el bien de la medicina. Hay tantos procedimientos inmorales que han sido legalizados, como el aborto, la eutanasia, la fecundación in vitro, la esterilización y la prescripción de la “píldora del día siguiente”. En muchos países, ello ocurre sin la protección del derecho a la objeción de conciencia para las profesiones de la salud, las cuales pronto se podrían quedar sin profesionales de la salud con ética y moral.

Este creciente riesgo está ocurriendo al mismo tiempo que los derechos de autonomía de los pacientes están dominando cada vez más la práctica de la atención médica. El profesional de la salud corre un riesgo aun mayor cuando se le pretende obligar a cumplir con los deseos de los pacientes, de los organismos profesionales o de las instituciones para las cuales trabajan, aún si dichos deseos o exigencias violan su conciencia. En este contexto, es importante añadir que la protección del derecho institucional de conciencia es la única manera eficaz de impedir que los hospitales católicos sean obligados a cerrar sus puertas y suspender su gran labor en vez de cometer abortos, esterilizaciones u otros procedimientos inmorales. 

La objeción de conciencia no es un derecho ilimitado que puede ser invocado indiscriminadamente. A los trabajadores de la salud se les debe pedir que presenten las razones por las cuales se justifica su negativa a involucrarse en ciertas actividades. Los promotores del aborto y otras actividades gravemente inmorales presentan el caso irrealista e hipotético de innumerables médicos que se niegan “en conciencia” a practicar ciertos procedimientos, con el objeto de negar el derecho a la objeción de conciencia. Pero esa aparente “pesadilla” se resuelve simple y sencillamente pidiendo a los profesionales de la salud que expliquen cómo su “desobediencia” se funda en valores objetivos e importantes de la ética médica. El principio fundamental de la ética médica es, por supuesto, el nunca matar directamente a un paciente ni dañar directamente a nadie por medio de un tratamiento. Otros principios, como la prohibición de la mutilación innecesaria, explican por qué la esterilización quirúrgica o las crecientes exigencias de cirugías para “cambiar de sexo” carecen de ética.

También es importante resaltar que no es éticamente aceptable asumir una postura de “compromiso”. Esta postura se utiliza para exigir a los objetores de conciencia que remitan sus pacientes a otros profesionales de la salud para que practiquen procedimientos que dichos objetores se niegan a realizar por motivos éticos bien fundados [2]. La cooperación con el mal que es material y próxima nunca se debe realizar en conciencia. La manera más fácil de ilustrar el carácter absurdo de exigir tal cosa es por medio de un ejemplo. ¿Qué pensaríamos de una persona que dice que se opone a cometer un asesinato, pero que está dispuesta a remitir a un asesino a sueldo la comisión de este delito? 

Los farmaceutas, en particular, han enfrentado la terrible disyuntiva de llenar recetas para la obtención de mortíferos fármacos, como la píldora del día siguiente o sustancias para el suicidio asistido, o perder sus empleos y la capacidad de continuar trabajando en su profesión. Patrick McCrystal, de HLI-Irlanda, tuvo que abandonar la práctica de la farmacia porque no pudo encontrar un empleo en su profesión que no le exigiera llenar recetas para la obtención de anticonceptivos. Otros farmaceutas han logrado ganar batallas legales para que se les respetaran sus conciencias.

Es intolerable que un derecho humano tan fundamental como el respeto a la objeción de conciencia sea echado a un lado a veces por peritos, magistrados y legisladores simplemente para cumplir con los “derechos” (caprichos) o conveniencias de los pacientes. 

Nos enfrentamos a una difícil decisión: o protegemos el derecho a la objeción de conciencia de los profesionales de la salud o aceptamos que la atención a la salud esté poblada casi exclusivamente por personas que simplemente “seguirán órdenes”, sin importarles ni la ética ni la moral. Bajo regímenes totalitarios, como el de los nazis o el de los comunistas, a los trabajadores de la salud se les ha obligado a realizar crímenes abominables, como el aborto y los criminales “experimentos médicos”. El empobrecimiento de las profesiones de la salud sin protección al derecho a la objeción de conciencia sería catastrófico. La mayoría de los profesionales de la salud o carecerían de una brújula moral o estarían dispuestos a violar sus convicciones más fundamentales para mantenerse en sus empleos. Las personas que poseen los estándares morales más elevados serían eliminadas de la práctica de la medicina o de cualquier otra profesión de la salud.

Para profundizar en este tema, recomendamos: el Catecismo de la Iglesia Católica, especialmente los nos. 2270-2296 y United States Conference of Catholic Bishops (USCCB) Secretariat for Pro-Life Activities, “Life Matters: Conscience Protection in Health Care”.



Notas:

[1]. Consultado el 10 de mayo de 2017: https://www.nlm.nih.gov/hmd/greek/greek_oath.html;

https://owlspaceccm.rice.edu/access/content/user/ecy1/Nazi%20Human%20Experimentation/Pages/Hippocratic%20Oath.html.

[2]. Consultado el 10 de mayo de 2017: http://www.usccb.org/about/pro-life-activities/respect-life-program/2012/upload/life-matters-conscience-protection-in-health-care-bulletin-insert.pdf.