Autor: Miguel Manzanera SJ
Completando la orientación ética sobre las próximas elecciones en Bolivia que publicamos en días pasados http://www.noticiasfides.com/g/opinion/miguel-manzanera-sj/orientacion-etica-electoral-3637/,
1. Derecho a la vida humana. La vida humana debe ser respetada desde la concepción hasta la muerte natural. De aquí se deriva la prohibición y sanción del aborto y de las manipulaciones e investigaciones que destruyen o ponen en riesgo los embriones humanos. Al mismo tiempo hay que promover la maternidad, favoreciendo las ayudas a la mujer embarazada, especialmente si está en situación de riesgo. Asimismo hay que proteger a las personas enfermas o ancianas, ampliando la seguridad pública y sancionando cualquier modalidad de eutanasia y suicidio asistido.
2. Derechos de la familia. La familia natural se basa en el matrimonio como unión fiel y estable de un varón y una mujer en cuanto personas iguales en derechos y libertades pero complementarias en su constitución física y psicológica. Para favorecer la unidad y estabilidad del matrimonio hay que erradicar fórmulas, como la del llamado “divorcio express”, que trivializan los compromisos conyugales y las rupturas familiares, con efectos devastadores también sobre los hijos.
Se debe proteger el derecho de los niños a nacer y ser criados en una familia natural, sin admitir adopciones por otro tipo de parejas. En las leyes y códigos relacionados con la familia y el matrimonio hay que mantener las palabras tradicionales de padre, madre, esposo, esposa y cónyuges sin admitir designaciones confusas, como progenitor “A” y “B” o “1 y 2”.
Es preciso apoyar a las familias de escasos recursos facilitándoles ayudas proporcionales al número de hijos, con especial atención a las familias numerosas. La legislación laboral debe favorecer la maternidad reconociendo el trabajo en la propia casa con el cuidado de la prole como una contribución al bien común. Debe ser retribuido por la seguridad familiar y/o hacerlo compatible con el trabajo externo.
3. Derecho de los padres a la educación de los hijos. Los padres de familia, como primeros y principales responsables de sus hijos, tienen derecho a elegir los programas y las escuelas o colegios más concordes con sus opciones religiosas y morales. Este derecho incluye la eliminación de asignaturas y programas que impliquen imposición de criterios contrarios a los profesados por los progenitores. Especialmente son nocivos los programas de educación afectivo-sexual basados en la antinatural ideología de género e incluidos en el curriculum con el pretexto de la educación en la igualdad y la diversidad.
La responsabilidad de los padres en la educación de sus hijos incluye también la libre elección, según sus propias convicciones, del centro educativo, bien sea público o privado, incluyendo también a los que ofrecen una educación diferenciada entre varones y mujeres. Una fórmula equitativa, vigente en algunos países, es la entrega del cheque escolar a los padres de familia.
4. Promoción del bien común y de las libertades reconocidas en la Declaración Universal de Derechos Humanos y en otras declaraciones universales o regionales. El Estado debe promover el bien común favoreciendo a las personas más necesitadas. Entre los derechos mencionamos la libertad de conciencia, incluido el derecho a la objeción frente a actividades u obligaciones contrarias a sus principios morales. La libertad religiosa de los ciudadanos incluye la facilitación de su natural expresión pública según la historia y las tradiciones culturales vigentes en cada país.
El Estado debe respetar las diversas opciones políticas partidarias y los principios básicos de la verdadera democracia, incluyendo la independencia política del poder judicial como garantía del ejercicio de la libertad de los ciudadanos frente a cualquier abuso totalitario.