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Principios de Acción en Derecho Civil

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Por Joe Kral

Cuando San Pedro se enfrentó al Sanedrín en el capítulo 5 de los Hechos de los Apóstoles, se le cuestionó por qué no dejaba de enseñar en el nombre de Cristo, como se le ordenó previamente hacer. La respuesta de Pedro es ingeniosa, por decir lo menos; "Hay que obedecer a Dios antes que a los hombres" (Hechos 5: 29). Pedro no sólo está exhortando a los Apóstoles aquí, sino a todos los cristianos. A veces, hay que reconocer que cuando los dictados del hombre están en conflicto con el Creador, es en estos momentos que el hombre está obligado a seguir los dictados de Dios.

En su encíclica Evangelium Vitae, San Juan Pablo II reconoce este conflicto de la ley civil y la ley divina sobre el respeto de la vida humana. Se vuelve evidente que la sociedad occidental moderna ya no tiene una visión cristiana de la libertad o de la ley. A su vez, el punto de vista católico es visto por muchos como "autoritario". Como afirma san Juan Pablo II, "En la base de todas estas tendencias es el relativismo ético que caracteriza a gran parte de la cultura de hoy en día. Hay quienes consideran tal relativismo una condición esencial de la democracia, puesto que solo se lleva a cabo para garantizar la tolerancia, el respeto mutuo entre las personas y la aceptación de las decisiones de la mayoría, mientras que las normas morales consideradas como objetivo llevan al autoritarismo y la intolerancia "(Evangelium vitae, n. 70).

De cualquier forma no debe ser ninguna sorpresa que San Juan Pablo II rechazara esta tesis moderna, "La base de estos valores no puede ser provisional y cambiante" basada en  "opiniones mayoritarias”, sino sólo el reconocimiento de una ley moral objetiva que, como “ley natural” escrita en el corazón humano, es el punto de referencia para sí mismo en el derecho civil obligatorio" (Ibíd). Como la encíclica señala, la tradición de que el derecho civil emana de la ley moral ha sido durante mucho tiempo una enseñanza de la Iglesia.

Pero la pregunta es, ¿qué debe hacer uno si la ley civil no está en conformidad con la ley moral con respecto al derecho a la vida? Una vez más, San Juan Pablo II le da al lector algunas respuestas a esta pregunta en particular. En el artículo 71 de la encíclica afirma: "En consecuencia, existe una necesidad de recuperar los elementos básicos de una visión de la relación entre la ley civil y ley moral, que se presentó por la Iglesia, pero que también forma parte del patrimonio de las grandes tradiciones jurídicas de la humanidad." San Juan Pablo II no indicó directamente que hay una implicación de que las universidades católicas, especialmente las que tienen las facultades de derecho y los programas de política pública, deberían hacer más para educar a los estudiantes en la correcto relación entre la ley civil y moral. Pero el simple hecho es que nadie que haya tenido una educación católica debe estar repitiendo el viejo mantra pro-aborto de "estoy personalmente en contra del aborto, pero no voy a imponer mi fe en los demás."

Sin embargo, el principio más directo de las acciones relativas a la ley civil y el respeto a la vida humana es el principio de gradualismo. Él dice: "Un problema particular de conciencia puede surgir en caso de que una votación legislativa sería decisiva para la aprobación de una ley más restrictiva, el objetivo de limitar el número de abortos autorizados, en lugar de una ley más permisiva ya aprobada o lista para ser votada... un parlamentario, cuya absoluta oposición personal al aborto provocado sea bien conocida, podría lícitamente ofrecer su apoyo a propuestas encaminadas a limitar los daños de esa ley y disminuir así los efectos negativos en el ámbito de la cultura y de la moralidad pública. Esto no significa, de hecho, una colaboración ilícita a una ley injusta, sino más bien un intento legítimo y obligado de limitar sus aspectos inicuos" (Evangelium Vitae, 73). En esencia, este principio da a un legislador una guía sobre cómo cambiar una ley corrompida a ser más justa.

El concepto del principio de incrementalismo es simple. En resumen, el principio establece lo siguiente: 1) que una ley mala ya debe existir, 2) que la legislación propuesta debe limitar el daño de la ley mala existente, y 3) que la legislación propuesta debe disminuir las consecuencias negativas de la ley del mal en el nivel de la cultura y de la moralidad pública. Pero, ¿qué significan estos elementos?

El primer elemento es fácil de entender. Un legislador debe estar luchando contra una ley que es injusta. En el caso del aborto en los EUA., uno sólo necesita saber que la ley mala que existe son los casos de Roe v Wade y Doe v Bolton. Pero a veces la ausencia de ley permite que una práctica se lleve a cabo también. Así, por ejemplo, cuando se trata de la clonación humana, la mayoría de los estados no tienen leyes que prohíben la práctica. El silencio de la ley permite la práctica. Así pues, en efecto, hay una ley no escrita que necesita ser combatida.

El segundo elemento ha visto mucho debate en torno a la frase "limitar los daños de esa ley". Cuando se trata el tema del aborto, muchas absolutistas (los que creen que el enfoque incremental es equivocado) tratan de argumentar que el término "daño" sólo se refiere al aborto. Así, por ejemplo, la legislación que obligaría a que una niña menor de edad reciba el consentimiento paterno para recibir un aborto sería inmoral para el absolutista ya que todavía permite el aborto que tendrá lugar en ciertas circunstancias. Sin embargo, esta es una visión demasiado estrecha de lo que Juan Pablo II quiere decir con el término "daño". Aborto puede causar todo tipo de daños que no sea sólo la pérdida injusta de la vida humana. En el caso de la legislación acerca del consentimiento de los padres, hay que entender que, además de la práctica del aborto la unidad familiar también ha sido afectada dramáticamente. En Estados Unidos, no sólo le dan el derecho legal al aborto, sino que también dio a los menores la posibilidad de obtener un aborto sin la participación de sus padres. Esta es una clara violación del principio de subsidiariedad. Juan Pablo II usó la palabra "límite" en lugar de "abolir" por una buena razón, el comunicado de los Obispos Católicos de EUA sobre el incrementalismo, "A veces ya existen leyes moralmente defectuosas. En esta situación, el proceso de elaboración de una legislación que proteja la vida está sujeto a juicio prudente y "al arte de lo posible". A veces este proceso puede restablecer la justicia sólo parcialmente o gradualmente... Estas mejoras incrementales en la ley son aceptables como pasos hacia la plena restauración de la justicia. Sin embargo, los católicos nunca deben abandonar la exigencia moral de buscar la plena protección de toda vida humana desde el momento de la concepción hasta la muerte natural "(Formando la conciencia para una Ciudadanía Fiel, Nº 32).

Lo que hace la cita antes mencionada de los Obispos de Estados Unidos es acerca de las formas del tercer elemento del principio; que la legislación debe disminuir [el énfasis es mío] consecuencias negativas de la ley del mal en el ámbito de la cultura y de la moralidad pública. La pregunta que debe plantearse es: ¿cómo es esta legislación va a mover a la sociedad en la dirección de la Cultura de la Vida? En la búsqueda de la plena restauración de la justicia, la ley puede ser el gran maestro. La Legislación, tal como la de Víctimas No Nacidas, puede ser una herramienta útil para explicar este elemento. Este tipo de legislación reconoce que los niños no nacidos pueden ser víctimas de la delincuencia. Así que si un niño no nacido es asesinado durante un accidente por conducir ebrio, a continuación, el agresor puede ser acusado de un delito (como homicidio) contra el niño. Estas leyes ayudan a la gente ver la humanidad del niño por nacer y hacer que cuestionen la moralidad del aborto. Es de esta manera que las leyes, como estas, ayudan a mover la opinión pública fuera de la aceptación de la ley mal.

San Juan Pablo II entiende la realidad de que la ley es una gran maestra. Cuando la ley civil se pervierte ya no es un gran maestro, sino un maestro abusivo que frustra la virtud de la justicia. De ninguna manera está uno obligado a seguir una ley injusta. A medida que el Catecismo de la Iglesia Católica indica: "Si los responsables de promulgar leyes injustas tomasen medidas contrarias al orden moral, tales acuerdos no pueden obligar en conciencia" (n. ° 1902). Pero cuando se produce este conflicto dentro de la ley, puede que tenga que ser tratado como un estudiante y ser guiados hacia el bien de la ley. El principio de incrementalismo ofrece este camino para restaurar el orden entre la ley moral y la ley civil.

Joe Kral ha estado involucrado en el movimiento pro-vida desde que está en la universidad. Su maestría en Teología se completó en la Universidad de Santo Tomás, donde se especializó en la bioética. De 1996-2003 fue Director Legislativo para Texas Derecho a la Vida. Durante ese tiempo él era también parte del grupo de presión para el Departamento de Ética Médica en el National Right to Life. Desde 2004-2007 consultó la Conferencia Católica de Texas sobre las iniciativas legislativas a favor de la vida. En 2006 fue galardonado con el "Premio Provida de Acción Cívica del Respeto Ministerio Vida de la Diócesis de Dallas. Actualmente es profesor adjunto de Teología en la Universidad de St. Thomas, St. Thomas es profesor en la Escuela Secundaria, cursos FTCM para la Arquidiócesis de Galveston-Houston, y también sirve como asesor legislativo voluntaria a Texas Alianza por la Vida.